Este proceso se desarrolla en el contexto de un fallo que obliga a la Anses a reintegrar a la ex mandataria, quien se encuentra bajo arresto domiciliario desde hace más de un año tras ser condenada por corrupción, la pensión correspondiente a su condición de viuda de Néstor Kirchner. El monto dispuesto para su pago es transitorio, y se establece ante la continua tramitación de un juicio que se encuentra evaluando la legalidad de la normativa que llevó a la cancelación tanto de esta pensión como de su jubilación de privilegio, obtenida por su ejercicio como presidenta. En noviembre de 2024, ambos beneficios sumaron más de $35,2 millones brutos, ascendiendo a casi $22 millones de manera neta.
La medida cautelar, solicitada por Kirchner y aprobada por jueces de segunda instancia, se refiere a la rehabilitación provisoria de un beneficio que, un año y medio atrás, era de $12,5 millones, incluyendo un adicional por zona austral. Cabe destacar que Cristina Kirchner seguía percibiendo este subsidio pese a residir en Buenos Aires. Los jueces Sebastián Russo y Juan Fantini de la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social fueron quienes accedieron a dicha solicitud. La suspensión de estas prestaciones fue decidida en 2024, en consonancia con la confirmación de su condena en la causa Vialidad, ratificada por la Corte Suprema de Justicia.
Luego de que se habilitara la medida cautelar, tanto la Anses como el Ministerio Público Fiscal solicitaron un recurso extraordinario para presentar el caso ante la Corte Suprema, pero la apelación fue rechazada a finales de abril. Posteriormente, el fiscal Juan Carlos Paulucci y la Anses presentaron recursos de queja de manera separada ante el tribunal superior.
Ahora, la Anses ha elevado su solicitud con el fin de establecer una garantía que permita la recuperación de los pagos, en caso de que la Justicia determine que, debido a su condena, no corresponde que la ex presidenta reciba beneficios estatales de privilegio.
La solicitud de la Anses se ampara en el artículo 199 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, que establece que “la medida precautoria solo podrá decretarse bajo la responsabilidad de la parte peticionante, quien deberá servir caución por todas las costas y daños que pudiera causar”. Adicionalmente, se hace referencia a un artículo de la ley 26.854 que indica que las medidas cautelares contra el Estado requerirán la entrega de caución para su efectivo cumplimiento.
La abogada Yanina Luminoso, representante de la Anses, señala que “la sentencia de la Alzada no fijó ninguna caución” y añade que “la asignación mensual vitalicia cuya rehabilitación se dispuso cautelarmente ascendería actualmente a 38 haberes mínimos”, lo que representa aproximadamente $15,3 millones.
En una consulta previa sobre el monto de la prestación que deberá restituirse, la Anses respondió que, “al no tratarse de un beneficio activo, no se dispone de información sobre montos vigentes ni se puede realizar una proyección teórica de lo que eventualmente podría corresponder”.
Cabe recordar que en noviembre de 2024, una resolución del entonces director ejecutivo de la Anses, Mariano de los Heros, dio de baja las dos asignaciones de privilegio que Kirchner había estado recibiendo. Esto ocurrió después de que la exfuncionaria fuese hallada culpable por la Cámara de Casación Penal Federal de “administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública”, condena que luego fue ratificada por la Corte Suprema.
Después de iniciar una demanda para recuperar ambos pagos, Cristina Kirchner solicitó una medida cautelar para poder cobrar una de las prestaciones mientras se define el caso. Este pedido fue rechazado inicialmente por la jueza Karina Alonso Candis, pero luego fue admitido por los jueces Russo y Fantini, quienes argumentaron razones alimentarias.
A raíz de esta decisión, se presentó un recurso extraordinario para elevar la causa a la Corte, solicitud que fue finalmente rechazada por los mencionados camaristas, aunque la jueza Nora Dorado votó a favor de la admisión del recurso. En tanto, los recursos de queja aún no han sido resueltos.
El monto total percibido por las dos asignaciones hasta noviembre de 2024 incluía cerca de $6 millones correspondientes al adicional por zona austral, ya que la ex funcionaria había declarado su domicilio en Santa Cruz, aunque no residía allí, lo que ha originado una denuncia penal.
Estas asignaciones, que provienen de la ley 24.018, son consideradas de privilegio por no requerir condiciones de edad ni de tiempo de servicio para su obtención. La ex mandataria comenzó a recibir las dos prestaciones simultáneamente tras finalizar su mandato. Durante su gestión, se le otorgó la jubilación como ex presidenta, junto con la pensión por viudez.
En la administración de Mauricio Macri, se interrumpió el pago de uno de los beneficios por las incompatibilidades establecidas en la ley 24.018. No obstante, en marzo de 2021, mientras un juicio estaba en curso, la entonces directora de la Anses, Fernanda Raverta, reestableció el pago de la prestación suspendida.
El artículo 5 de la ley 24.018 especifica que el cobro de la asignación como expresidenta “es incompatible con el goce de toda jubilación, pensión, retiro o prestación graciable nacional, provincial o municipal”. A pesar de la falta de mención explícita sobre una asignación vitalicia en la misma ley, la normativa considera a la pensión por viudez como una “pensión”.
La temática del cobro simultáneo de ambas prestaciones sigue generando controversia y tiene su propio caso judicial en curso, luego de que la ex diputada Graciela Ocaña presentara un recurso ante la Corte Suprema en pro de que esta cuestión no sea archivada, tras la determinación del gobierno anterior de permitir que se otorgaran ambos beneficios de forma administrativa.









