Entre las modificaciones se incluyen ajustes en el impuesto a las Ganancias y en los regímenes de información, así como la creación de entidades público-privadas, acompañado de una declaración de emergencia por seis meses que otorga facultades al Ejecutivo para implementar desregulaciones que potencien la competencia.
En el ámbito inmobiliario, el proyecto elimina diversos requisitos para ser corredor de propiedades. A partir de ahora, cualquier persona mayor de edad con título secundario podrá ejercer como intermediario, sin necesidad de estar matriculado. Adicionalmente, se podrá operar a través de plataformas digitales, sin la obligación de mantener un registro exacto de las transacciones en el Registro Público de Comercio.
En lo que respecta a las garrafas, se establece la prohibición de cualquier regulación sobre precios, cantidades y márgenes de rentabilidad, centrándose únicamente en la seguridad pública. Además, los fraccionadores y distribuidores asumen la responsabilidad por daños derivados de un mantenimiento defectuoso de los envases y la autoridad competente podrá delegar el control técnico.
El proyecto también contempla sanciones severas ante incumplimientos, que incluyen desde la inhabilitación para operar hasta clausuras y decomisos, y deroga la ley 26.020, que establecía un fondo fiduciario para el gas licuado destinado a sectores vulnerables.
Uno de los puntos críticos es la eliminación de artículos de la Ley del Libro que exigían uniformidad de precios en todos los puntos de venta. Esta modificación ha generado rechazo en el Consejo de Administración de Fundación El Libro, que sostiene que la desregulación pone en riesgo la diversidad sobre el cuidado de las librerías independientes.
Además, se elimina la obligación de que las traducciones sean realizadas por traductores públicos, abriendo la puerta a traducciones más accesibles, incluso a las generadas mediante inteligencia artificial.
En el sector farmacéutico, se permitirá que los medicamentos recetados se comercialicen en farmacias autorizadas, habilitando tanto la venta presencial como la distribución a domicilio. Los medicamentos de venta libre podrán ser ofrecidos en locales autorizados, salvo que el Ministerio de Salud imponga restricciones por razones sanitarias.
Las farmacias podrán operar bajo diversas figuras societarias, y aunque la venta de productos de libre acceso no será considerada actividad farmacéutica, el director de la farmacia deberá cumplir con las normativas establecidas.
Estos cambios podrían afectar a las farmacias de barrio, que dependen de la venta de medicamentos de venta libre para sostener sus ingresos.
En lo que respecta al sector vitivinícola, se prevén modificaciones en la fiscalización y en las prácticas enológicas, junto con la incorporación de sistemas de trazabilidad. Se propone la liquidación de Coviar, un organismo que coordinaba un plan vitivinícola objeto de controversias, en un mes.
El proyecto también implica ajustes en la regulación del IPCVA en la cadena de carne. En cuanto al impuesto a las Ganancias, se modifica el inciso D del artículo 26, que eximía a cooperativas del pago de utilidades, sustituyéndolo por una nueva disposición sobre intereses accionarios y su respectiva regulación.
La emergencia declarada permitirá al Ejecutivo llevar a cabo acciones que optimicen la competencia en los mercados, eliminando barreras de entrada, requisitos discriminatorios y regulaciones que obstaculicen el comercio, otorgando así un marco propicio para la inversión y la producción.









