La resolución fue adoptada por el Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal N.º 11, a cargo del juez Martín Cormick, en un expediente iniciado por el Consejo Interuniversitario Nacional y otros actores. El magistrado consideró que, ante el incumplimiento constatado, correspondía aplicar el apercibimiento establecido el 30 de septiembre y avanzar con la imposición de astreintes, es decir, sanciones económicas por cada día de demora.
La multa se fijó inicialmente en $100.000 diarios, aunque el juez advirtió que tanto el monto como los funcionarios alcanzados por la medida podrían modificarse si fuera necesario. La causa está relacionada con el reclamo para que el Estado nacional cumpla con el Decreto 759/2025, en el marco de la disputa por los recursos destinados al sistema universitario.
En paralelo, el dirigente del Partido Obrero Gabriel Solano presentó una denuncia penal contra el presidente Javier Milei y el ministro de Economía, Luis Caputo, por el presunto incumplimiento de una medida cautelar que ordenó aplicar la Ley 27.795 de Financiamiento de la Educación Universitaria y Recomposición del Salario Docente.
La presentación fue realizada ante los tribunales federales y busca determinar si los funcionarios incurrieron en el delito de desobediencia judicial u otras posibles infracciones penales. El planteo sostiene que el Poder Ejecutivo continúa sin cumplir la orden que exige actualizar los salarios de docentes y no docentes de las universidades públicas, además de recomponer los programas de becas estudiantiles.
Solano solicitó que la investigación alcance a Milei, Caputo y a cualquier otro funcionario que pudiera haber intervenido en el incumplimiento, tanto por acción como por omisión. Para fundamentar el pedido, invocó los artículos 239, 248 y 249 del Código Penal, vinculados con la desobediencia a la autoridad y el incumplimiento de los deberes de los funcionarios públicos.
En la denuncia, el dirigente calificó los hechos como de gravedad institucional y sostuvo que el Gobierno mantiene una conducta deliberada frente a una orden judicial. Según la presentación, la medida ya había sido ratificada por la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, mientras que la Corte Suprema desestimó el recurso extraordinario presentado en el expediente.









