Dicha decisión, firmada por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, desestimó los recursos de queja presentados por las defensas. Con esta resolución, se concluyen las vías para bloquear el avance sobre el patrimonio de los condenados, lo que permite el remate inmediato de bienes y la recuperación de activos.
El monto del decomiso no es aleatorio. Surge de un exhaustivo análisis realizado por el Cuerpo de Peritos Contadores de la Corte, quienes revisaron los valores nominales de los contratos viales otorgados de manera irregular entre 2003 y 2015.
Este incremento de casi un 700% en la cifra se debe a dos factores fundamentales:
El Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2), que se encarga de la ejecución de la sentencia, ha iniciado ya el proceso de tasación de 111 bienes distribuidos principalmente en la provincia de Santa Cruz.
La orden de decomiso afecta a propiedades inmobiliarias, estancias, complejos turísticos y vehículos. Debido a que la condena establece una responsabilidad solidaria, todos los condenados deben responder por la totalidad de la suma hasta alcanzar el monto fijado.
Gran parte del patrimonio de Lázaro Báez ya ha sido subastado en el contexto de la quiebra de Austral Construcciones y la causa conocida como “La Ruta del Dinero K”, mientras que los activos personales de Cristina Kirchner se perfilan como el objetivo principal para cumplir con el remate pendiente en esta causa.
La sentencia confirmada el año pasado por la Cámara Federal de Casación Penal reveló que se cometió una serie de maniobras de administración fraudulenta en detrimento de la administración pública. El esquema delictivo se fundamentó en la adjudicación sistemática de 51 obras viales al Grupo Austral.
Junto a Cristina Kirchner y Báez, la Justicia ratificó las penas de cárcel para figuras relevantes como José López (ex secretario de Obras Públicas) y Nelson Periotti (ex titular de Vialidad Nacional), todos con condenas de hasta 6 años de prisión.
Uno de los últimos intentos de la defensa, encabezada por los abogados de la ex mandataria, argumentó que el decomiso debía gestionar en el fuero civil y no en el penal, argumentando que la magnitud de la ejecución era superior a las competencias del TOF 2. Sin embargo, los jueces de Casación, Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña, criterio ahora respaldado por la Corte, indicaron que el decomiso es una “consecuencia accesoria” a la condena penal. El propósito es privar a los condenados del producto del delito, asegurando que no conserven el beneficio económico derivado de la maniobra fraudulenta.
Este fallo establece un precedente significativo en la recuperación de activos vinculados a la corrupción en Argentina. Con la ratificación de la Corte, el proceso de remate de los 111 bienes ya no enfrenta obstáculos legales.
Para los especialistas en Derecho Penal Económico, esta decisión fortalece la figura del decomiso como herramienta de reparación. En un contexto de crisis económica, la recuperación de $ 685.000 millones para el Estado no solo representa un acto de justicia simbólica, sino también un ingreso directo para las arcas públicas.









